EL PAGARÉ
DEFINICION
Es un titulo
de crédito que contiene la promesa incondicional, de que una persona
pagará a un beneficiario, una suma determinada de dinero en un determinado
plazo de tiempo. La persona que lo emite se conoce como suscriptora, se
compromete a pagar a un segundo individuo denominado beneficiario o tomador.
En muchas ocasiones suele
confundirse el pagaré con una la letra de cambio, pero son elementos
diferentes. La letra de cambio en cuanto a la practica ha quedado en desuso; en
cambio el pagare es de gran importancia práctica porque es el documento que mas
acostumbran usar los bancos.
REQUISITOS LITERALES
Mención de ser pagaré
Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.
Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" -o de otra forma- deberá contener este término dentro del texto del documento, siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe. Este requisito es imprescindible.
Promesa incondicional de pago
El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.
El pagaré, a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional o su equivalente internacional. La suma se debe expresar en número(s) y en letras, como también el tipo de moneda en que se efectuará el pago. Si se paga en moneda extranjera, se debe indicar el tipo de cambio o equivalencia entre las monedas, que deberá tenerse en cuenta a su vencimiento. Este requisito es lo que lo distingue de los otros títulos de crédito.
Nombre del beneficiario
Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o sociedad comercial.
Es imprescindible identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona natural o persona jurídica. En este último caso se trataría de una denominada "razón social" o sociedad comercial.
Fecha y lugar del pago
La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.
La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe. El pagaré debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago.
Fecha y lugar en que se suscribe
El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente.
El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento (determinando del plazo); y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar (cuando la ley lo disponga) el sellado o timbrado correspondiente.
Firma del suscriptor
No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al título su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.
No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al título su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.
Transmisibilidad
El pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.
El pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.
Aval
En virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagaré. La persona que se obliga a garantizar el pago se llama avalista; aquella por quien se presta el aval recibirá el nombre de avalado (suscriptor).
El avalista se convierte en deudor solidario junto con el avalado (suscriptor) y su obligación es válida, aun cuando la obligación garantizada sea nula.
En virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagaré. La persona que se obliga a garantizar el pago se llama avalista; aquella por quien se presta el aval recibirá el nombre de avalado (suscriptor).
El avalista se convierte en deudor solidario junto con el avalado (suscriptor) y su obligación es válida, aun cuando la obligación garantizada sea nula.
PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARÉ Y LA LETRA DE CAMBIO
En cuanto a sus elementos personales.
La letra de cambio tiene tres
elementos personales: el girador, girado y el beneficiario, mientras que el
pagare solo dos: el suscriptor y el beneficiario.
Persona que emite el documento
En La letra de cambio existe una
orden de pago emitida por el girador hacia el girado para que pague al
beneficiario una suma determinada de dinero. En el pagare la obligación directa
de cubrir dicha suma recae sobre el suscriptor, es decir el creador del titulo
de crédito.
Orden de pago.
En la letra de cambio debe de
contenerse la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de
dinero; en el pagare debe existir la promesa incondicional de pagar el mismo
promitente una suma determinada de dinero.
Intereses.
En la letra de cambio no se pactan
intereses; en el pagare es posible pactar intereses
.
La letra de cambio en cuanto a la practica ha quedado en desuso; en cambio el pagare es de gran importancia porque es el documento que mas acostumbran usar los bancos.
.
La letra de cambio en cuanto a la practica ha quedado en desuso; en cambio el pagare es de gran importancia porque es el documento que mas acostumbran usar los bancos.
Me parece importante esta parte del tema.
ResponderEliminarPRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARÉ Y LA LETRA DE CAMBIO
En cuanto a sus elementos personales.
La letra de cambio tiene tres elementos personales: el girador, girado y el beneficiario, mientras que el pagare solo dos: el suscriptor y el beneficiario.
Persona que emite el documento
En La letra de cambio existe una orden de pago emitida por el girador hacia el girado para que pague al beneficiario una suma determinada de dinero. En el pagare la obligación directa de cubrir dicha suma recae sobre el suscriptor, es decir el creador del titulo de crédito.
Orden de pago.
En la letra de cambio debe de contenerse la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero; en el pagare debe existir la promesa incondicional de pagar el mismo promitente una suma determinada de dinero.
Intereses.
En la letra de cambio no se pactan intereses; en el pagare es posible pactar intereses
.
La letra de cambio en cuanto a la practica ha quedado en desuso; en cambio el pagare es de gran importancia porque es el documento que mas acostumbran usar los bancos.
Me parece importante esta parte del tema.PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARÉ Y LA LETRA DE CAMBIO
ResponderEliminarEn cuanto a sus elementos personales.
La letra de cambio tiene tres elementos personales: el girador, girado y el beneficiario, mientras que el pagare solo dos: el suscriptor y el beneficiario.
Persona que emite el documento
En La letra de cambio existe una orden de pago emitida por el girador hacia el girado para que pague al beneficiario una suma determinada de dinero. En el pagare la obligación directa de cubrir dicha suma recae sobre el suscriptor, es decir el creador del titulo de crédito.
Orden de pago.
En la letra de cambio debe de contenerse la orden incondicional al girado de pagar una suma determinada de dinero; en el pagare debe existir la promesa incondicional de pagar el mismo promitente una suma determinada de dinero.
Intereses.
En la letra de cambio no se pactan intereses; en el pagare es posible pactar intereses
.
La letra de cambio en cuanto a la practica ha quedado en desuso; en cambio el pagare es de gran importancia porque es el documento que mas acostumbran usar los bancos.
muy fácil de entender por su contenido y longitud del tema pero muy interesante e importante
ResponderEliminarun documento o titulo de credito comunmente usado. confiable por la promesa incondicional de pago y las fechas limites de el. en este titulo de credito solo existen dos sujetos personales: La persona que lo emite se conoce como suscriptora, se compromete a pagar a un segundo individuo denominado beneficiario o tomador.
ResponderEliminarPues mas que nada se entiende que el pagare es una promesa incondicional de pago, que hace constar que un deudor le pague al acreedor.
ResponderEliminartítulo de crédito en el cual se da una promesa incondicional de pago, hay un suscriptor y un beneficiario. A menudo es confundido con la letra de cambio pero los diferencian que la letra de cambio cayó en desuso y el pagaré es el documento más usado por los bancos, en la letra de cambio no se permitían interéses mientras que en el pagaré si se puede pactar interéses.
ResponderEliminarSimplemente el pagaré Es un titulo de crédito que contiene la promesa incondicional, que a diferencia de la letra de cambio tiene dos elementos personales: el suscriptor y el beneficiario mientras que la letra de cambio tiene tres el girador, girado y beneficiario
ResponderEliminarREQUISITOS LITERALES
Mención de ser pagaré
Promesa incondicional de pago
Fecha y lugar del pago
Fecha y lugar en que se suscribe
Firma del suscriptor
Transmisibilidad
Aval
EL PAGARE es un titulo de crédito en el cual se establece una promesa incondicional de pago donde el suscriptor pagara al beneficiario o tomador.
ResponderEliminarREQUISITOS LITERALES
Mención de ser pagaré
Promesa incondicional de pago
Fecha y lugar del pago
Fecha y lugar en que se suscribe
Firma del suscriptor
Transmisibilidad
Aval